Fueron ratificadas las modificaciones a la ordenanza de Cannabis Medicinal

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En la última sesión del Concejo Deliberante, realizada el 31 de mayo, se aprobó por unanimidad la modificación de la ordenanza N° 5938 que establece el marco regulatorio en el ámbito del Municipio de San Antonio Oeste para el acceso informado y seguro como recurso medicinal, la investigación, el uso científico y la producción pública del Cannabis Medicinal, la cual comenzó a aplicarse hace dos años.

Dicha modificación, presentada por el Consejo Asesor de Políticas Relacionadas Cannabis Medicinal, cuenta con 6 artículos que refieren a los certificados y la cantidad de plantas.

En primer lugar, aquellos pacientes que hayan presentado certificado con diagnóstico de patologías crónicas e irreversibles, al vencimiento de su permiso deberán presentarse ante el Consejo Asesor de Cannabis Medicinal para manifestar su voluntad de continuar cultivando. En caso afirmativo este Consejo otorgará un certificado sin fecha de vencimiento. Para aquellas patologías no encuadradas en el punto anterior, los usuarios deberán volver a tramitar el permiso presentando un certificado médico actualizado.

A su vez, la cantidad de plantas autorizadas se disminuye a nueve para quienes deban hacer tratamiento, el consejo evaluara excepciones en la cantidad de plantas según la patología a tratar. La cantidad de plantas deberá agregarse en el Certificado que se entrega al usuario.

Finalmente se resolvió que a partir de la firma de esta Resolución quienes soliciten entrar en el Registro, o la renovación del mismo, deberán presentar un certificado de antecedentes penales en relación a causas por tráfico de estupefacientes. A aquellos usuarios registrados para cultivar, a los que se les ha iniciado causa penal en relación al tráfico de estupefacientes no se les renovará la autorización.


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